¿Qué es un préstamo hipotecario?
¿Qué impuestos hay que pagar en la compra de una vivienda?
¿Qué es la cuota a pagar?
¿Qué es el plazo de amortización?
¿Qué es el sistema de amortización?
¿Qué gastos conlleva un préstamo hipotecario?
Un préstamo hipotecario es aquel cuya garantía es una hipoteca que recae sobre un bien inmueble, generalmente una vivienda.
Se formaliza en escritura pública ante Notario y se inscribe en el Registro de la Propiedad.
El tipo de garantía hipotecaria permite plazos más largos para la devolución del préstamo y tipos de intereses inferiores a los de los préstamos con garantía personal.
Para poder solicitar un préstamo hipotecario, las entidades financieras exigen una serie de garantías de tipo personal y del propio inmueble sobre el que va a recaer la hipoteca.
IVA: Se aplicará sólo en el caso de primera transmisión de vivienda nueva (compra directa al promotor). El importe a satisfacer se calcula aplicando un porcentaje sobre el precio escriturado (8% en vivienda libre y 4% en vivienda de protección oficial y vivienda de protección pública).
Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales: Se aplicará para viviendas en segunda transmisión. Su importe es el 8% sobre el precio escriturado (aunque este porcentaje puede variar en función de la comunidad autónoma). El VPO puede ser entre el 3% y el 8% dependiendo de la comunidad autónoma.
Impuestos sobre Actos Jurídicos Documentados: Es un porcentaje que depende de la comunidad autónoma y el tipo de vivienda (aplicable en las primeras transmisiones de vivienda y sobre la responsabilidad hipotecaria de los préstamos hipotecarios).
Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (Plusvalía): Depende del valor catastral del suelo, años transcurridos desde la adquisición del inmueble y del municipio en donde se encuentre ubicada la vivienda. El vendedor es, legalmente, el obligado al pago, salvo que se pacte lo contrario.
Es el importe que el cliente se compromete a pagar periódicamente (normalmente cada mes) a la entidad financiera que le ha concedido el préstamo, en concepto de intereses y devolución del capital prestado.
Si el préstamo es a interés variable, la cuota se modificará tras cada revisión del tipo de interés.
La cuota depende básicamente de cuatro factores: importe del préstamo, plazo, tipo de interés y periodicidad de pago (normalmente mensual).
Es el tiempo acordado en la escritura del préstamo para que el cliente devuelva a la entidad financiera la totalidad de la cantidad prestada en función de la edad del/los solicitante/s y el tipo de préstamo.
Hay préstamos en los que se establece un periodo de carencia. La carencia puede definirse como el periodo inicial de la vida de un préstamo en el que el cliente únicamente paga los intereses, no amortizando nada de capital.
Es la forma de cálculo de las cuotas a pagar para devolver el importe del préstamo. Hay diversos sistemas de amortización: cuota constante, cuota decreciente y cuota creciente.
La más habitual es la cuota constante en la que el cliente siempre paga el mismo importe (suma de capital más intereses) mientras no varíe el tipo de interés.
Gastos previos a la formalización:
- Tasación.
- Verificación registral.
Ambos trámites originan una serie de gastos que son a cargo del solicitante, con independencia de la aprobación o denegación del préstamo.
Gastos de formalización:
- Comisiones que puede cobrar la entidad financiera, tales como la comisión de apertura, compensación por desistimiento, por reclamación de cuotas impagadas, etc.
- Gastos de notaría: la cuantía a pagar depende de los aranceles establecidos oficialmente. - Impuestos - Inscripción en el Registro de la Propiedad.